4.- PROPIEDADES DE INSTITUCIONES LOCALES.
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Tras analizar la evolución y explotación de las pequeñas propiedades particulares de los campesinos y de la gran propiedad y señoría de la Villa, pasemos a continuación a estudiar el apartado que constituye la propiedad de bienes raíces propiedad de la parroquia y cofradías locales, así como otros bienes pertenecientes a comunidades religiosas de otros lugares que gozaban de propiedades en el término de Albaida.
Las tierras vinculadas a los bienes parroquiales procedían de fundaciones de patronatos, capellanías, o "memorias de misas", siendo los clérigos adscritos a la propia parroquia los que administraban, a través del mayordomo de fábrica, tales bienes y rentas y dirigían su explotación económica.
Los bienes que aparecen vinculados directamente a la fábrica de la iglesia (parroquia) procedían de antiguas y paulatinas donaciones y dotaciones de bienes raíces que, dados a censos y tributos perpetuos en muy diversas fechas, se hallaban situados sobre tierras calmas, olivares, viñas, huertas, casas, solares.
La fábrica de la iglesia se limitaba a cobrar los tributos a los censatarios y, olvidadas las condiciones de los contratos que los establecieron, no tenían la mínima intervención en la explotación o actividad agrícola de las fincas sobre las que aquéllos se hallaban situados.
Una partida importante de estos bienes amortizados bajo la administración parroquial era la compuesta por los bienes vinculados a las llamadas "capellanías" y las "memorias de misas".
Las fundaciones de capellanías y memorias tenían como principal finalidad, aunque no la única, la de dejar una especie de dotación económica perpetua para que se celebrase un número determinado de sufragios (misas) anuales por el alma del fundador o fundadora de la misma que, según la cuantía de la dotación podía variar entre unas pocas o unas miles de misas.
Pero, junto a esta finalidad primordial, subyacía en algunas de ellas, normalmente en las mejores dotadas, una segunda intención: la de dejar asegurada la subvención de las necesidades económicas y, a veces, un desahogado nivel de vida a aquellos hijos o parientes cercanos que habían optado por seguir el camino de la clerecía.
De este modo, las capellanías quedaban en unos casos bajo la administración del mayordomo de la fábrica parroquial, que manejaba sus bienes y las proveía de capellanes; o en otros casos, la administración de los bienes de estas capellanías corría a cargo de los propios capellanes, redituando a la fábrica parroquial sólo ciertos derechos sobre sus rentas, denominados "recados".
La escritura de fundación solía señalar, además de los sufragios y los bienes vinculados a la capellanía, los individuos llamados a desempeñarlas en orden de preferencia en la dedicación de sus bienes, en caso de extinción de las mismas.
Como bienes de las capellanías se vincularon todo tipo de fincas y rentas: olivares, tierras calmas, viñas, arboledas, huertas, casas...
Frente al auge de este tipo de donaciones durante los siglos XVI y XVII, a partir del comedio del XVIII sufrirían una progresiva disminución.
Junto a estos bienes de la fábrica parroquial, las cofradías y hospitales, que en Albaida estaban unidos a sus respectivas hermandades, gozaban también de posesiones de fincas y tierras que les habían llegado a través de dotaciones testamentarias o legados de sus cofrades y devotos, a cambio de celebrar determinadas funciones religiosas o memorias de misas que, según la importancia de la dotación recibida, podían ser cantadas o rezadas.
A través de los Libros de Memorias y Capellanías de nuestro Archivo parroquial y de unos informes de Valores de las rentas eclesiásticas de las vicarías de la diócesis de Sevilla93, conservado en el Archivo Catedralicio, obtenemos los siguientes datos: La parroquia poseía 67 tributos que le rendían 32.848 maravedíes anuales y 105 fanegas de tierra que le rentaban unos 25.000 mrs. Las Hermandades: del Santísimo, con sus 91 fanegas de tierra y sus tributos, obtenía anualmente unos 16.000 mrs.; la de San Sebastián, con 14 tributos y 8'5 fanegas de tierra, recibía 9.282 mrs.; la de la Santa Vera+Cruz, con 6 tributos y 8 fanegas de tierra, 3.196 mrs.; la de Ntra. Sra. de la Soledad, con 3 tributos y 4 fanegas de tierra, 1.972 mrs. Estos datos se refieren al año 1716.
De las capellanías fundadas en la parroquia, las tres más importantes son: la de Gonzalo Martín Barbancho, que poseía 76 fanegas de tierra y una casa en la Villa, 113 pies de olivos en Sanlúcar y 6 tributos, rendían 17.630 mrs. anuales; la de María Díaz "la Sayalera", con 24 fanegas de tierra en Albaida y 186 pies de olivos en Sanlúcar, obtenía 10.340 mrs.; la de Luisa Bonifaz, con un tributo impuesto sobre una casa, bodega y lagar situados en la calle Galeazo de la Villa, 3.840 mrs. anuales. Otras capellanías eran las fundadas por Juana Rojo, el Capitán Acosta y Juan de Pineda.
El sistema de explotación de estos bienes de la fábrica parroquial, capellanías y cofradías era idéntico a los seguidos por el Cabildo y, posteriormente, la Casa de Olivares en sus posesiones.
De este modo, gran parte de los bienes se hallaban dados a censos enfitéuticos en las condiciones usuales. Pero, a medida que avanza el siglo XVII, va haciéndose este tipo de entrega cada vez más inusual y sustituyéndose por arrendatarios temporales. Estos arrendamientos se efectuaban sobre cada una de las suertes de las tierras que componían las posesiones de estas instituciones, o sobre las casas y otros bienes, ajustándose sus rentas en maravedíes o reales a muy bajo precio.
Este sistema, como apuntábamos en el apartado 1) de este capítulo, permitía que modestos campesinos que no podían tener acceso al arrendamiento de grandes extensiones de terreno, podían optar por el de estas pequeñas parcelas que ofrecían las instituciones locales (fábrica parroquial y cofradías), con lo que unos y otras se beneficiaban: los campesinos, por su accesible precio de arrendamiento; las instituciones, porque así sus tierras podían ser productivas y, por tanto, mantener su valor a través del tiempo evitando que se convirtiesen en eriazos, rentabilizándolas en los sucesivos arrendamientos. La administración de los bienes de las cofradías eran gestionados por sus propios mayordomos.
Por fin, y como último grupo de propietarios de tierras en Albaida durante estos siglos, estaban las comunidades religiosas.
A través de una relación de los "Pueblos que en las de este arzobispado posehen (sic) fincas comunidades eclesiásticas regulares, fechado en el año 1763"94, sabemos cuáles eran éstas en Albaida: el Convento de San José de Sevilla poseía 281 aranzadas de pan sembrar; el de San José de Sanlúcar la Mayor, 140; el de Santa Inés de Sevilla, que poseía unos pedazos o suertes de olivar en Albaida y Sanlúcar, proporcionados por una religiosa en el siglo XV. Otras tierras del término de Albaida estaban vinculadas a capellanías, patronatos, hermandades, monasterios y otras instituciones eclesiásticas de otros lugares.
Por todo lo cual, podemos concluir diciendo que mediado el siglo XVIII, más de la mitad del término de Albaida se hallaba, de una u otra forma, vinculado a instituciones religiosas de dentro o fuera de la propia Villa.
93A.C.S. Mesa Capitular nº 1.465 y 1.467 de los años 1716-17.
94A.C.S. Mesa Capitular, nº 1.464, año 1763. Heredades, nº-61.