1.- CONSIDERACIONES GENERALES.

Tras este necesario y justo reconocimiento, iniciemos el capítulo con unas consideraciones generales que nos situarán en la época, mentalidad y circunstancias en las que fueron creadas, ya que cada fenómeno religioso o cultural es hijo de su tiempo y nos resultaría incomprensible si lo extrapolásemos del mismo.

 

Estas consideraciones generales son factores comunes aplicables a ambas Hermandades penitenciales, y nos facilitarán el posterior análisis particular de cada una de ellas, tal como hicimos en el capítulo anterior.

 

Sin abandonar la perspectiva histórica, queremos comprender las íntimas relaciones existentes entre la Villa y la manifestación decisiva de su espíritu que son sus Hermandades. Encontrar sus orígenes y la peculiar manera de celebrar sus manifestaciones públicas, sus procesiones, hundiendo sus raíces, al menos, en el siglo XVI, como expresión de un ritual establecido hace cuatrocientos años, dando culto a unas Imágenes sobre unos pasos, es el objeto de este capítulo.

 

Los precedentes, que podríamos entenderlos como la prehistoria de las Hermandades penitenciales, de Semana Santa, se encuentran en la época medieval; noticias fragmentarias nos hablan de la exitencia de Cofradías en los siglos XIV y XV y de algún acto litúrgico que es precedente, aunque lejano, de una procesión de penitencia.

 

En la Baja Edad Media, nacen unas asociaciones multifuncionales que crean los gremios con alguna cohesión de raza, vecindad, vinculación a un mismo señor, dedicación a actividades económicas o laborales semejantes. Son las llamadas cofradías gremiales.

 

Estas asociaciones -fraternidades, hermandades- cumplen funciones de ayuda mutua y asistencia: ante las enfermedades, la necesidad y la muerte. Debido a esta vocación, algunas Hermandades nacieron con una vinculación hospitalaria, tal es el caso de la Hermandad de la Santa Vera+Cruz, que está en el origen de su posterior transformación penitencial; otras, cual es el caso de la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad, tienen su origen tras el Concilio de Trento, en que florecerán las Cofradías penitenciales alentadas por el mismo.

 

Las Hermandades penitenciales no surgieron de la noche a la mañana, fueron el resultado o evolución de un larguísimo proceso y circunstancias de todo tipo: religiosas, sociales, culturales, económicas, epidemias, hambres, etc.

 

Haciendo un simplísimo bosquejo de tales circunstancias que fueron allanando y sembrando el camino que fructificó en la aparición de las Hermandades penitenciales, podríamos citar las siguientes: el movimiento o asociación de flagelantes desde mediados del siglo XIII alrededor de las órdenes monásticas y religiosas (dominicos, franciscanos, agustinos); la práctica del Vía Crucis; las predicaciones pasionistas de los franciscanos; y el Concilio de Trento.

 

Veamos brevemente cada uno de estos apartados.

 

     La práctica de la penitencia o mortificación corporal es consustancial al cristianismo. Desde sus orígenes, y a lo largo de la Historia, aparece frecuentemente la flagelación como una costumbre antigua relacionada con el monacato, registrándose repetidas veces en la Regla de San Benito.

 

Santo Domingo de Guzmán (1170-1221) practica la flagelación voluntaria junto a sus frailes, con un valor correctivo y redentivo o expiatorio.

 

San Francisco de Asís (1182-1226) y los franciscanos, no sólo la practicaron, sino que fueron sus propagadores entre los laicos o fieles en general.

 

Durante el siglo XIII surgen numerosos grupos de flagelantes que organizan procesiones en las que entonan cánticos penitenciales y se disciplinan públicamente. San Antonio de Padua, franciscano, (1195-1231), reunió ya junto a sí grupos de esa naturaleza.

 

Hagamos observar cómo la devoción a San Antonio en Albaida está entroncada con la Hermandad de la Santa Vera+Cruz, por su vinculación franciscana, como veremos en su lugar.

 

La práctica de la disciplina se hace popular y comienzan a surgir las primeras "asociaciones o cofradías de flagelantes".

 

A finales del siglo XIII aparece en Pisa (Italia) una asociación denominada Disciplinati della Cruz que, junto a la devoción a la Cruz redentora, incorporaba la práctica de la disciplina o flagelación.

 

Esta práctica piadosa consistía "en hacer memoria de la Pasión de Nuestro Señor Jesucristo", esto es, disciplinándose los domingos y días de fiesta. La piedad de los disciplinantes es cristocéntrica y su espíritu de penitencia se inspira en el recuerdo de la Pasión de Cristo, celebrando el Jueves y Viernes Santo, aunque las fiestas propiamente dichas de la Cofradía eran la Invención (3 de mayo) y Exaltación de la Santa Cruz (14 de septiembre). Esta Cofradía manifiesta una gran devoción a María, pues las misas y las disciplinas en común son siempre seguidas de una Salve Regina, y celebran de manera especial las festividades marianas[1]. Éste es el origen o modelo de las Hermandades de la Santa Vera+Cruz en España.

 

Otra circunstancia que alentará y configurará la aparición de las Hermandades penitenciales es la práctica devocional del Vía Crucis o Camino de la Cruz.

 

Sobre dónde, cuándo y cómo surge esta devoción no se ponen de acuerdo los diferentes investigadores. Mas lo que resulta evidente es que está íntimamente relacionada con las peregrinaciones a Tierra Santa y las Cruzadas, que reavivaron la devoción pasionaria en el siglo XIV.

 

 

Esencialmente, el Vía Crucis es un recorrido devocional, durante el cual se contempla la Pasión de Cristo, a gusto del que lo realiza. Algo accidental es el número de estaciones que, fueron cambiantes en el transcurso del tiempo; en España se generalizó la práctica de las catorce estaciones, aunque el Abad Sánchez Gordillo cita sólo once. En el presente año de 1995, Su Santidad Juan Pablo II, ha reformado este ejercicio piadoso.

 

El Humilladero de la Cruz del Campo, a donde se acudía en Vía Crucis, pudo haberse erigido en la década de los ochenta del siglo XV, según Ladero y Gestoso en 1482; Martín de la Torre nos da la fecha de 1460. En cualquiera de los casos, existía antes del inicio del siglo XVI y era atendido por una Hermandad de Nuestra Señora de los Ángeles. La devoción del Vía Crucis a la Cruz del Campo fue fomentada por el primer marqués de Tarifa, don Fadrique Enríquez de Ribera, quien viajó a Tierra Santa de 1518 a 1520. Desde la puerta de su palacio, que comenzó a llamarse Casa de Pilatos, hasta el Humilladero se cumplían los 1.321 pasos equivalentes a 997'13 metros que distaban del Pretorio al Monte Calvario en Jerusalem.

 

  

 

A semejanza de este Humilladero de la Cruz del Campo sevillano, en las aldeas y villas se erigieron cruces a las afueras de las mismas, en Albaida la llamada Cruz del Barrero, donde, como veremos, realizaba y realiza su estación penitencial la Hermandad de la Santa Vera+Cruz.

 

Ambas circunstancias, asociaciones de flagelantes y práctica del Vía Crucis, se unen posteriormente, siendo el origen de la práctica penitencial de nuestras Hermandades.

 

Por último, y antes de analizar un hecho fundamental cual es el Concilio de Trento, queremos dejar constancia de la labor catecumenal que Santos y predicadores realizaron en esta época exhortando a los fieles a la práctica penitencial, despertando a través de ella las asociaciones de disciplinantes.

 

El Concilio de Trento (1545-1564) fue la respuesta por parte del supremo magisterio eclesiástico al Protestantismo y al afán de renovación interior de la Iglesia. Entre sus enseñanzas más importantes se deben destacar: el estudio y determinación de la doctrina de la justificación, la práctica sacramental y la reforma de la Iglesia.

 

Sus cánones son publicados en España por Felipe II en una Real Cédula de 12 de julio de 1564, y tendrán una influencia capital en el desarrollo de nuestras Hermandades.

 

Lutero y los protestantes afirman que el hombre se "justifica", se salva, sólo por la fe, sin necesidad de sus buenas o malas obras, pues la misericordia y los méritos de Cristo actuarían como bálsamo que encubrirían ante "los ojos del Juez Supremo" la miseria humana. Esta doctrina herética es fuertemente contestada por el Concilio el 13 de enero de 1547, en su Decreto dogmático sobre la justificación.

 

Resumiendo muy brevemente, pues de profundizar en ello nos llevaría a un extenso tratado teológico, el Concilio vino a decir: las buenas obras son necesarias para la salvación; cuando el hombre peca, tiene la posibilidad de reconciliarse con Dios y consigo mismo a través del sacramento de la penitencia; además, el hombre puede expiar sus culpas a través de la mortificación corporal, la oración y la limosna.

 

Respecto al culto de las Imágenes, rechazado por el Protestantismo, el Concilio afirma en sus sesiones de 3 y 4 de diciembre de 1563:

 

"Igualmente, que deben tenerse y conservarse, señaladamente en los templos, las Imágenes de Cristo, de la Virgen Madre de Dios y de los Santos, y tributarles el debido honor y veneración... Enseñen también diligentemente los obispos, que por medio de las historias de los misterios de nuestra redención, representadas en pinturas u otras reproducciones, se instruye y confirma el pueblo en el recuerdo y culto constante de los artículos de la fe..."[2].

 

Las doctrinas de Trento influyeron decisivamente en cuanto al uso de la penitencia pública, el culto a las Imágenes, y los desfiles procesionales, contribuyendo al auge y ratificación de las Hermandades de Vera+Cruz, existentes con anterioridad al Concilio y sus disposiciones; y a la fundación de nuevas Hermandades alentadas por el espíritu conciliar, cual es el caso de la Hermandad de Nuestra Señora de la Soledad, como se documentará posteriormente.

 

Nos hallamos ya, tras estas consideraciones, en disposición de definir lo que entendemos por Cofradía o Hermandad penitencial en el siglo XVI.

 

La Cofradía penitencial, de disciplina o de sangre, presenta los siguientes rasgos: es una asociación de personas (hombres y mujeres), abierta numérica y socialmente, que venerando y contemplando el misterio de la Pasión, Muerte y Resurrección del Señor, a quien se asocia su Santísima Madre, Nuestra Señora, se le rinde culto con una austera y penitente salida procesional en la que algunos o la mayor parte de sus cofrades se disciplinan en los días de Jueves o Viernes Santo, y con otros cultos a lo largo del año. Atienden las necesidades fundamentales de los hermanos, espirituales y temporales, de la vida y de la muerte, y también de los otros prójimos. Tienen una organización o estatutos llamados Reglas que, progresivamente van siendo aprobadas por la jerarquía eclesiástica.

 

Estas Hermandades penitenciales de la decimosexta centuria, fundamentalmente la de la Santa Vera+Cruz, se caracterizan por la austeridad y disciplina en sus procesiones.

 

Ya desde 1501 la recoge en sus Reglas la "venerable Cofradía de la Santa Vera+Cruz, llamada en sus principios de la Sangre, por haber sido la primera en que la disciplina pública se instituyó"[3], como afirma el Abad Sánchez Gordillo.

 

La mayoría de las Cofradías fundadas tras el Concilio, incluyeron la penitencia de sangre o flagelantes. Son los frailes quienes mejor acogen y alientan esta nueva práctica de la disciplina pública; mientras que el clero secular, celoso de una práctica que se organiza con gran autonomía por los laicos, y quizás temeroso por tener que compartir las limosnas y donaciones que dejan los fieles, debió contemplar con no mucho agrado el establecimiento y la fundación de Cofradías en sus iglesias. Testimonios de críticas hacia estas nacientes asociaciones hallamos en el Abad Sánchez Gordillo, en Sigüenza y en otros que expresan reticencias hacia las mismas.

 

Ésta es quizás la explicación de por qué las primeras y más antiguas Hermandades, caso de la Vera+Cruz, se hallen fundadas en conventos, ermitas u hospitales, y no en el seno parroquial, como ocurre en la mayoría de las mismas.

 

Ante el auge espectacular de fundaciones de Cofradías tras el Concilio, la jerarquía de la Sede sevillana que representa don Fernando Niño de Guevara, a donde llega desde su puesto de Inquisidor, decide poner orden en este movimiento de laicos que moviliza y atrae más al pueblo que la liturgia tradicional a celebrar en el interior de las iglesias.

 

Así, en las Constituciones del Arzobispado de Sevilla, hechas y ordenadas por el Iltmo. y Rvmo. Sr. D. Fernando Niño de Guevara, Cardenal-Arzobispo de Sevilla, en el Sínodo que celebró en su Catedral el año 1604, Libro III "De celebrationi missarum, de divinis officiis et procesionibus", capítulo XIII, trata sobre lo que se ha de guardar en las procesiones de disciplinantes.

 

"Aunque por la costumbre universal de la Iglesia Católica, santísimamente están introducidas y permitidas las Cofradías de disciplinantes, que se hacen en Semana Santa, y con muy justa causa muchas de ellas están confirmadas y aprobadas sus constituciones por la Santa Sede Apostólica, y favorecidas con especiales gracias e indulgencias como cosa con que se nos trae a la memoria la Muerte y Pasión que por nuestra salvación padeció el Hijo de Dios, que en aquellos días celebra la Iglesia Católica y con que se hace penitencia y procura de satisfacer parte de la pena que, por las culpas y pecados que entre año con la Divina Majestad se han cometido, dignamente se merece ...".

 

El Documento Sinodal continúa precisando el tiempo en que pueden hacer estación de penitencia las Cofradías: desde el Miércoles Santo después de comer hasta el anochecer del Viernes Santo.

 

Se reserva la potestad, delegada en el Provisor, para establecer los recorridos y horarios. Todas deben estar recogidas antes de las nueve de la noche, excepción hecha de las de Vera+Cruz, "con quien no es nuestra intención se haga novedad alguna, por tener por bulas y privilegios apostólicos señalada la hora a la que ha de salir". Las Hermandades de la Santa Vera+Cruz salían el Jueves Santo a las diez de la noche hasta bien entrada la madrugada, siendo las únicas que gozaban de este privilegio de procesionar de noche.

 

Respecto a los disciplinantes, el Sínodo hace las siguientes apreciaciones:

 

"Ytem mandamos que las túnicas que llevaren sean de lienzo basto y sin bruñir, sin botones por delante y atrás, sin guarnición de cadenetas ni de randas; que no tengan brahones, ni sean acolchadas, ni ajubonadas".

"Que los que se disciplinaren, ni rigieren la procesión, ni los que llevaren los pendones o insignias con túnicas, no lleven lechuguillas en los cuellos, ni zapatos blancos ni medias de color".

"Que no se disciplinen descubierto el rostro, si no fuere que, por algún desmayo o accidente que les dé, sea fuerza descubrirse".

"Que no lleven tocas atadas a los brazos, así como otra señal para ser conocidos".

"Que las mujeres no vayan con túnicas ni se disciplinen".

"Que los que fueren en su hábito con luces, vayan en su orden delante del primer guión o estandarte de la procesión, y no puedan en manera alguna ir entre los que van disciplinando ni a su lado".

"Y, porque somos informados que, por tener algunas cofradías pocos cofrades que se disciplinen, alquilan algunos que lo hagan, y es cosa muy indecente que por dinero y precio temporal se haga cosa tan sana, mandamos que de aquí adelante no se haga, so pena de escarnio mayor, en que incurran los que reciban el dinero y los mayordomos que se los dieren".

 

Como podemos apreciar por las advertencias que en el Sínodo se realizan, ya en 1604, se apreciaban irregularidades en los desfiles procesionales: lujo en las túnicas de los cofrades, alquiler de disciplinantes, y otras irreverencias que iban dejando atrás el austero y penitencial estilo de las cofradías de la centuria anterior.

 

Pero estas normas del Sínodo no debieron cumplirse en su totalidad, pues el Provisor Cobarrubias en 1623 da un Edicto en el que prohíbe a las Cofradías llevar hombres alquilados para la disciplina o mujeres azotándose, y vuelve a recordar las normas sobre las túnicas que están contenidas en las Constituciones del año 1604.

 

En su obra, de 1630, el Abad Sánchez Gordillo, hace una llamada de atención sobre ciertas innovaciones que se iban introduciendo en los desfiles penitenciales que, a su juicio, hacían perder la seriedad de los mismos, y reivindica la vuelta a los orígenes fundacionales:

 

"Y es de advertir que nuestros mayores, cuando fundaron las cofradías y estaciones, conocieron el fin de devoción para que las instituían y de qué modo lo habían de representar y mover con ello. Y si en algo tomaron buen acierto, no será de creer que quisieran apartarse del fin que pretendieron"[4].

 

Las Cofradías, a partir de estas fechas, se irán olvidando y separando paulatinamente de los fundamentos para las que fueron creadas: la penitencia pública y la caridad fraternal.

 

Frente a los deseos de la jerarquía de mantener una Semana Santa recogida y austera, las cuatro primeras décadas del siglo XVII suponen un aumento de la grandiosidad y lujo de la estación penitencial.

 

Atrás quedaron ya aquellos cortejos del siglo XVI, que en su estación penitencial portaban un simple crucifijo llevado por un clérigo y los flagelantes o "hermanos de sangre" azotándose, tan sólo iluminados por los hachones o cirios que portaban algunos "hermanos de luz" que iluminaban el tétrico cortejo.

 

Las cofradías aumentaron sus insignias y el lujo de las mismas, fomentando el boato de las procesiones, enriqueciéndolas con artísticas Imágenes y pasos, que sustituyen a las pequeñas andas que se utilizaban hasta esas fechas, apareciendo el palio o doseles cubriendo a las Vírgenes.

 

Pero la gravísima crisis de 1649, epidemia que diezmó la población, produjo cambios en la mentalidad y espíritu de la época. Las Cofradías buscan y recuperan su práctica de vida interior y su religiosidad se manifiesta según las fórmulas tradicionales que le llegan más hondo: el culto a Dios y a María por medio de las Imágenes devocionales titulares de las Hermandades. Son tiempos de auge para las mismas, pues el pueblo se refugia en ellas ante la adversidad de las circunstancias.

 

Las Hermandades se esforzaron en el ejercicio de la caridad,  en el socorro a los necesitados y entierro de los muertos en cumplimiento de lo que mandan sus Reglas.

 

En muchas ocasiones los cadáveres quedaban abandonados por el temor al contagio o por falta de brazos para darles cristiana sepultura, las Hermandades, tanto asistenciales como penitenciales, aseguraban que esto no  ocurriera a sus cofrades.

 

La peste de 1649 y otras calamidades afectó seriamente a la población e hizo estragos en el número de cofrades de nuestras Hermandades pero, por otra parte, afianzó la necesidad y utilidad de las mismas ofreciendo Piedad ante la Soledad y el Dolor.

 

Poca mudanza se produciría en las Cofradías en esta segunda mitad del siglo XVII. Fundadas y organizadas en el siglo anterior, se encuentran en un período de consolidación y vitalidad.

 

Ortiz de Zúñiga escribe en 1677:

 

"... se ve en todas las de estos días, una de las mayores grandezas de Sevilla, en la cantidad de cera, en lo lucido de estandartes, guiones y banderolas, en la plata de insignias y varas, en lo rico de los pasos a que con muchos grados no es comparable lo que se hace en cualquiera otra ciudad de España. Y en que siendo en la cristiana devoción que las fomenta igual en todas el fruto de la devoción".

 

El siglo ilustrado, el XVIII, no ve con buenos ojos la existencia de las Cofradías, ni siquiera el clero, que las había utilizado como elemento evangelizador, comprende y desea convivir con las Hermandades.

 

La práctica de la disciplina se había desvirtuado de tal forma que llegó a convertirse en una manifestación ostentosa, más destinada a demostrar la virilidad del practicante que a purgar sus pecados.

 

El desagrado por las Cofradías es compartido por otros sectores de la población. Los ilustrados pretenderán acabar con ellas como una muestra del retraso y superstición de los siglos anteriores.

 

Por contra, el pueblo de Albaida, que conocía ya una fuerte escalada de decadencia en todos los órdenes, no permitió que sus Hermandades sucumbiesen, antes al contrario, es en esta época del XVIII cuando las enarbola como entidades capaces de aunar en torno a ellas la mermada población y las manifiesta como una de sus más claras señas de identidad de su personalidad y como tal, consustancial a su propio carácter y tradición de pueblo.

 

Aquellos afanes por modernizar el país a partir de los principios de la Ilustración que guían la política de Carlos III, no fueron comprendidos por la inmensa mayoría de la población. Es también cierto que aquellos gobernantes, imbuidos ciegamente de los principios, actuaron con excesivo engreimiento, sin intentar entender el arraigo que tenían algunas instituciones y creencias en el pueblo. Sólo en el Reino de Sevilla había 426 Hermandades, 374 Cofradías, 50 Congregaciones y 21 Órdenes Terceras[5].

 

 La asistencia de don Pablo de Olavide en Sevilla (1767-1779) marca el momento de aplicación de esta política ilustrada en la ciudad. Quizás la relación entre Sevilla y Olavide sea uno de los casos de incomprensión más agudos de la Historia entre una población y sus gobernantes.

 

Ataca aquellas manifestaciones que más atraen al público y en las que existe una mayor participación, cual es el caso de las Cofradías.

 

Basándose en lo preceptuado por Niño de Guevara, Olavide en 1768 prohíbe el tránsito de Cofradías desde el anochecer al amanecer; el cardenal Solís promulga un Edicto recordando la compostura y la decencia que deben regir la estación, túnicas, música, demandas y la obligación de ir con el rostro descubierto, exceptuando los penitentes de sangre.

 

Juan de Santa María, Asistente en funciones por ausencia de Olavide, ordena cumplir la Real Cédula de 20 de febrero de 1777 por la que se prohíben los disciplinantes, empalados u otros espectáculos semejantes en las Cofradías de Semana Santa, Cruz de Mayo y Rogativas. Igualmente manda:

 

"Que no consientan procesiones de noche, haciéndose las que fuere costumbre y saliendo a tiempo que estén recogidas y finalizadas antes de ponerse el sol para evitar los perjuicios que de lo contrario pueden resultar".

 

Al mismo tiempo, estos mandamientos pretenden reconducir las estaciones penitenciales y otras fiestas litúrgicas hacia una práctica más institucional, que abandone su ancestral carácter popular y se plieguen al orden impuesto por los cánones clericales.

 

El intento no es nuevo ni original, pues lo hubo en siglos anteriores, ya que la propia Iglesia nunca vio con buenos ojos que estas Cofradías gozasen de tanta autonomía como su propio origen y constitución les confería.

 

Lo nuevo de este Edicto es el afán de someterlas al control civil. Juan de Santa María insiste en que las procesiones y otras ceremonias religiosas han de someterse a las leyes del Reino, y se imponen duras multas civiles a aquellas que las incumplan:

 

"Mando que ninguna persona de cualquier clase pueda ponerse traje (sic) de disciplinante, empalado, con grillos o cadenas, o en otro espectáculo semejante bajo la pena de 20 ducados y 30 días de cárcel".

 

El proceso de sometimiento a la autoridad civil culmina con un decreto del Consejo de Castilla publicado el 25 de junio de 1783 que ordena la desaparición de las Cofradías gremiales, obliga a las de penitencia a redactar nuevas Reglas y someterlas a la aprobación de dicho Consejo.

 

Todos estos acontecimientos suponen la existencia de un clima poco propicio y favorable a las Cofradías según el modelo tradicional. No olvidemos que por estas fechas se extingue la de San Sebastián de Albaida.

 

El siglo XIX someterá a nuestras Cofradías a una serie de avatares, circunstancias y situaciones que no acabaron con ellas porque el arraigo y el espíritu que las alimentaba hizo lo imposible, pero nuestros convecinos que vivieron en dicho siglo conocieron la decadencia y todo un largo período de tiempo sin pasos en la calle.

 

El siglo se inicia con una devastadora epidemia de fiebre amarilla que se desata en agosto de 1800. Los años siguientes son de malas cosechas provocadas por una adversa climatología; serán años extremadamente secos. El estallido de la Guerra de la Independencia y la ocupación del ejército francés elevó a condiciones insostenibles la penuria que se estaba viviendo.

 

Es la época, 1808, en que el Abad Bernardo Antonio Poblaciones Dávalos reduce los cultos de nuestras Hermandades por falta de estipendios.

 

Las políticas desamortizadoras y de exclaustración, la propia política convulsiva general del país, mantienen a nuestras Cofradías en un clima de postración, que sólo se verán renacer a partir de la segunda mitad del siglo XIX.

 

Durante los años de la Restauración hasta la primera década del siglo XX, nuestras Hermandades, aunque a duras penas, conocen un período de auge que confirman los precedentes favorables iniciados en décadas anteriores.

 

En un ambiente de progreso y sometidas a cambios impensables en otras épocas, las Cofradías son en este tiempo un ejemplo de la más actual tradición y vinculación a su pueblo, Albaida, manteniendo su primitiva personalidad, amoldándose a cambios de mentalidad y pensamientos políticos.

 

Serán los años finales del siglo XIX los que inicien el galopante trepidar y auge incontenido que gozan nuestras Hermandades a lo largo de todo el siglo XX, verdadera época dorada de las mismas.

 

Tras estas necesarias consideraciones, pasemos a documentar la particular evolución histórica de cada una de nuestras Hermandades penitenciales.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 


 

[1]SÁNCHEZ MANTERO Y OTROS: Las Cofradías de Sevilla en la Modernidad. Sevilla, 1991, 2ª ed., págs. 33-34.

[2]E. DENZINGER: El Magisterio de la Iglesia. Barcelona, 1963, págs. 278-279.

[3]Abad SÁNCHEZ GORDILLO: Ob. cit. pág. 151.

[4]Íbidem, pág. 172.

[5]AGUILAR PIÑAL, F.: Historia de Sevilla. Siglo XVIII. Sevilla, 1982, 2ª ed., pág. 301.