5.- LA ABOLICIÓN DEL SEÑORÍO.

Con las desamortizaciones de bienes civiles y eclesiásticos y la abolición de las jurisdicciones señoriales en el siglo XIX, se cerrará esta etapa de señorío eclesiástico (XIII-XVI) y laico (XVI-XIX) sobre la Villa de Albaida.
Un nuevo sistema de propiedad de la tierra se fraguará a partir de esta época. Los señoríos que habían pervivido durante estos siglos del Antiguo Régimen, en su doble modalidad de señorío jurisdiccional y señorío territorial o solariego, fueron abolidos. Pero mientras los jurisdiccionales desaparecerían sin más, los solariegos pasarían a convertirse en propiedad privada del "señor" que los poseía, convirtiéndose en dueño.
Esta puntualización resulta absolutamente necesaria para entender lo ocurrido al decretarse la abolición de los señoríos. El problema estaba, evidentemente, en cómo determinar el carácter del señorío. Señores y municipios se apresuraron a presentar títulos y documentos justificativos de su propiedad sobre la tierra, dando origen a largos y ruidosos "pleitos señoriales", pleitos que en último término se fallaron sistemáticamente a favor de los señores.
Así pues, la disposición del feudalismo señorial se hizo en beneficio de los privilegiados. La nobleza salió indemne del proceso, manteniendo incólume su poder económico y político. Los antiguos señores se insertaron en el nuevo orden en calidad de terratenientes, siendo reconocidos sus patrimonios como propiedad privada. El campesinado quedaba despojado así de la tierra que había trabajado durante tantas generaciones.
Por lo que respecta al proceso de desamortización de las tierras pertenecientes a la Iglesia, en su mayor parte arrendadas a precios muy bajos, confirmando así su papel social de bienhechora, al ser vendidas en subasta, fueron a parar a manos de la burguesía: hacendados, propietarios, comerciantes, funcionarios, especuladores, son las categorías sociales más frecuentes entre los compradores.
La desamortización, desde el punto de vista social, fue un claro fracaso; el campesino también quedó excluido de esta transferencia de propiedad, pasando las tierras de la Iglesia a manos de la burguesía.
Cuando a los procesos señalados se les una la llamada desamortización civil propiciada por Madoz, las transformaciones en la propiedad agraria habrán concluido y el régimen agrario habrá quedado configurado: el incremento de la masa de jornaleros, campesinos sin tierra, y formación de una clase terrateniente que fue la auténtica beneficiaria de las transformaciones de esta propiedad.
Albaida, libre ya de los lazos señoriales, se constituirá en municipio, no sin superar duros obstáculos que querían reducirla a una mera pedanía de Olivares, formando parte del nuevo régimen y organización estatal en que se mantiene hasta nuestros días.